Por primera vez la Superintendencia de Compañìas, regula la entrega de Estados Financieros y demàs informaciòn proporcionada a ella inherente a los socios y accionistas de las empresas. Mediante resoluciòn No. SC.SG.DRS.G.10.007, emitida el 19 de noviembre de 2010, donde pone plazos para la entrega de dicha informaciòn, ademàs de un calendario de guìa para la entrega, el cual es el mismo que las compañìas utilizan para la entrega de Formularios 101 al Servicio de Rentas Internas; de no cumplirse con este calendario, se procederà a mitir los correspondientes certificados de obligaciones pendientes.
Este calendario tambièn rige para la empresas que no hayan tenido movimiento durante el ejercicio fiscal 2010, los estados financieros serán presentados en el formulario que establezca la Superintendencia de Compañías de acuerdo al Cronograma de aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF”. Las nóminas de accionistas o socios, las nóminas de administradores, representantes o apoderados y el formulario de certificación de datos de la compañía, serán presentados en el formulario que establezca laSuperintendencia de Compañías, el mismo que se encuentra disponible en su portal web para su ingreso e impresión.
En esta resoluciòn si se otorga una pòrroga por una sola vez por la no presentacion de los estados fianancieros y sus anexos dentro de la fecha límite establecida.r Esta pórroga es de treinta días. La solicitud deberá ser presentada antes del vencimiento de la fecha límite de presentación de los estados financieros con la indicación de la causa del incumplimiento.